Corte de Derechos Humanos: Las Condenas Por Compartir Archivos Violan los Derechos Humanos

La Corte Europa de Derechos Humanos ha declarado que el monopolio del copyright está en conflicto directo con los Derechos Humanos fundamentales, tal cual son definidos en la Unión Europea y el resto del mundo. Esto significa que a partir de hoy, nadie que comparta cultura en la UE podrá ser condenado solamente por violar la ley del monopolio del copyright; la barra para las condenas fue elevada considerablemente. Puede esperarse que esto tenga implicaciones de gran alcance, no sólo judicialmente, sino también confirmando que el monopolio del copyright no concuerda con los derechos humanos.

La Corte Europa de Derechos Humanos en Estrasburgo no es un pequeño jugador desdeñoso. Es la corte que supervisa la Convención Europa de los Derechos Humanos (ECHR en inglés), la cual es parte de la Constitución de la Unión Europea y de la mayoría de los estados europeos. Cuando esta corte toma una decisión, esa decisión tiene estado constitucional en toda Europa (excepto Bielorrusia, el cual no fue firmante).

Por lo tanto, el monopolio del copyright como tal – el cual es ley ordinaria en los estados europeos – fue definido con un papel secundario frente al derecho constitucional de compartir y buscar cultura y conocimiento, tal cual es definido en la Convención Europea de Derechos Humanos, en su artículo 10:

“Todos tienen el derecho a la libertad de expresión. Este derecho incluirá la libertad de tener opiniones y de recibir e impartir información e ideas sin interferencia por parte de autoridades públicas, y sin importar las fronteras.” (ECHR 10)

Durante mucho tiempo hemos afirmado que el monopolio del copyright está en conflicto directo con las libertades civiles (uno de mis más conocidos temas centrales, El régimen del copyright vs. las libertades civiles, incluso resalta esto en el título). Si bien el poder judicial es lento para reaccionar a nuevos fenómenos, y problemas como estos se filtran muy lentamente a las cortes más altas donde los veredictos hacen una real diferencia, estoy muy feliz de ver que el problema sí llegó a la corte relevante finalmente, y que la Corte tomó la única decisión razonable.

Sin embargo, este veredicto no significa que la gente que se encuentre compartiendo cultura nunca será condenada. Se pueden hacer excepciones a los Derechos HUmanos de acuerdo a un test bien definido de tres pasos: el veredicto debe ser necesario en una sociedad democrática, prescripto por la ley (el monopolio del copyright ya lo es), y debe persigir un fin legítimo (esto puede ser discutido en detalle).

Esto significa que la gente ya no será condenada sólo por violar el monopolio del copyright. La corte acaba de declarar ilegal que cualquier corte en Europa condene a alguien por violar el monopolio del copyright al momento de compartir cultura, solamente con motivo de violar la ley. Una corte que procese a alguien por violar el monopolio del copyright ahora debe también demostrar que una condena es necesaria para defender la democracia en sí misma para poder condenarlo. Esto es una barra considerablemente más alta de cumplir.

Estoy feliz de ver que la gente perseguida por compartir cultura y conocimiento por toda Europa obtuvo esta decisión judicial bastante fuerte a su favor. Desearía ver que el lobby de la industria del copyright intente argumentar por qué es necesario condenar a una madre soltera de tres hijos que compartió canciones pop para defender la democracia.

Vale la pena leer el resumen en inglés del veredicto francés (a continuación, con mis partes destacadas):

Por primera vez en un juicio de méritos, la Corte Europa de Derechos Humanos ha clarificado que una condena basada en la ley del copyright por reproducir ilegalmente o comunicar públicamente material protegido por copyright, puede ser tomada como en interferencia con el derecho a la libertad de expresión e información bajo el Artículo 10 de la Convención EUropea. Dicha interferencia debe estar en conformidad con las tres condiciones manifestadas en el segundo párrafo del Artículo 10 de la Convención. Esto significa que una condena o cualquier otra decisión judicial basada en la ley del copyright, restringiendo la libertad de expresión de una persona u organización, debe ser pertinentemente motivada como necesaria en una sociedad democrática, además de ser prescripta por la ley y perseguir un fin legítimo.

En otras palabras, ya no es suficiente justificar una sanción o cualquier otra orden judicial que restrinja la libertad de expresión artística o periodística de alguien basándose en que la provisión de la ley del copyright ha sido violada. Ni tampoco es suficiente considerar que el uso , la reproducción o comunicación pública no autorizados de un trabajo no puede depender de una de las excepciones interpretadas estrictamente en la ley de copyright en sí misma, incluyendo la aplicación del llamado test de tres pasos […]

Via Glyn Moody.

ACTUALIZACIÓN: ten cuidado al interpretar este veredicto como un libre-para-todos. No lo es. Lo que dice es que violar las leyes del monopolio del copyright no es suficiente para una condena, y que las leyes del monopolio del copyright colisionan con los Derechos Humanos. Esas son dos grandes victorias por sí solas. Pero no significa que nadie será condenado nunca más por compartir cultura – sólo que las cortes tienen que justificar por qué una condena es también “necesaria en una sociedad democrática”, además de cumplir con la barra normal anterior para una condena.

Llevará años sentar precedentes en esto con un gran margen de interpretación – los abogados de las discográficas lo justificarán con un razonamiento circular (“cumplir la ley es necesario en una democracia, por lo cual los prerequisitos ya se cumplen”) y los abogados de derechos humanos probablemente atacarán toda condena (“los derechos humanos superan a todo”). Entonces si bien este veredicto dio dos importantes victorias, no es el fin del conflicto ni el fin de la guerra.

Rick Falkvinge

Rick is the founder of the first Pirate Party and a low-altitude motorcycle pilot. He lives on Alexanderplatz in Berlin, Germany, roasts his own coffee, and as of right now (2019-2020) is taking a little break.
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